El Real Decreto
235/2013, de 5 de abril, aprueba el procedimiento básico para la certificación
de la eficiencia energética de los edificios, siendo obligatoria su aplicación a
partir del 1 de junio de 2013, cuando la presentación o puesta a disposición de
los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la
totalidad o parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los
contratos de compraventa o arrendamiento celebrados.
Este Real Decreto
transpone a la legislación española la Directiva 2002/91/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, modificada mediante Directiva
2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010,
relativa a la eficiencia energética de los edificios.
Esta disposición
deroga y completa el Real Decreto 47/2007, incorporando las novedades de la
nueva directiva de mayo de 2010 y amplía su ámbito a todos los edificios,
incluidos los existentes. En consecuencia, mediante este real decreto se
transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE, relativa a la
certificación de eficiencia energética de edificios, incorporando un
Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de
edificios existentes.